Modos de Extinción de la Obligación Tributaria / Derecho Tributario-Potestad Tributaria

 Ejemplificar conceptual e ilustrativamente la clasificación de los tributos, la clasificación del impuesto, las tasas y las contribuciones especiales

Para poder comprender el planteamiento de esta pregunta, hay que hacer una definición, entre estos dos conceptos:

Tributo. Definición Tributaria, relacionada con la Hacienda Pública, es la presentación pecuniaria de carácter coactivo que el estado u otro ente público impone a los contribuyentes con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público.

Tributos. Definición de contabilidad, relacionada con cuentas y asientos contables, es agrupación de cuentas pertenecientes al grupo de compras y gastos que recoge en las mismas la cantidades que en conceptos de impuestos, directos o indirectos, así como sus ajustes, y en su caso, las devoluciones que procedan, le corresponde a la empresa pagar a la Hacienda pública o ingresar de la misma.

Se dividen en:

Se compone de las siguientes cuentas:

  • ü  Impuestos,
  • ü  tasas;
  • ü  precios públicos;
  • ü  contribuciones especiales, y
  • ü  exacciones parafiscales.

  • ü  Impuestos sobre beneficios,
  • ü  otros impuestos;
  • ü  ajustes negativos en la imposición sobre beneficios;
  • ü  ajustes negativos en la imposición indirecta;
  • ü  devolución de impuestos;
  • ü  ajustes positivos en la imposición sobre beneficios, y
  • ü  ajustes positivos en la imposición indirecta.

 

 

 

Hay que destacar que el impuesto se paga para sufragar los gastos de toda índole de la Administración Pública, use uno o no los servicios que ofrece.

La tasa se paga por algún servicio oficial que recibe la persona, por ejemplo, la estampilla fiscal por el porte de armas, etc.

Lo todo lo referente contribuciones o cotizaciones son impuestos de seguridad social.


 

 

 

Clasificación de Tributo

 

Impuestos

Tasas

Ingresos Parafiscales

 

 

 

 

 

 

 

 

Establecidos a nivel nacional

 

 

 

 

 

 

ü  Impuesto Sobre la Renta.

ü  Impuesto sobre el Valor Añadido.

ü  Impuesto a las sucesiones.

 

 

 

 

 

 

 

ü  Timbres Fiscales.

ü  Uso de Puerto y/o Aeropuertos.

ü  Servicios de Identificación.

ü  Aporte al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.

ü  Aporte al Instituto Nacional de Capacitación Educación Social – I.N.C.E.S.

ü  Aporte al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda - F.A.O.V.

ü  Aporte al impuesto de ciencia y tecnología

 

Establecido a nivel Estadal

ü  Los que determine la ley.

ü  Impuesto 1x100.

ü  Estampillas

ü  Multas y sanciones.

ü  Uso de Bienes y Servicios.

ü  Los que determinen la Ley.

Establecidos a nivel municipal

ü  Impuesto urbanos

ü  Actividades Económicas

ü  Vehículos

ü  Espectáculos Públicos

ü  Publicidad y Propaganda.

ü  Impuesto a licencia de licores.

ü  Los que determine la Ley.

ü  Los que determine la Ley.

 

Bibliografía

http://www.venamcham.org/wp-content/uploads/2020/03/Reforma-COT-IVA-G.O.-Ext-N%C2%BA-6507-29-ENE-2020.pdf

https://www.expansion.com/economia-para-todos/impuestos/que-es-el-hecho-imponible.html

https://www.sage.com/es-es/blog/diccionario-empresarial/hecho-imponible

https://www.oas.org/dil/esp/codigo_civil_venezuela.pdf

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