ESTRUCTURA OBLIGACIONAL TRIBUTARIA - ADMINISTRACIÓN. PARTE III

 

Ejemplificar conceptual e ilustrativamente la diferencia entre contribuyente y responsable

 

El contribuyente es la persona natural o jurídica sobre cual recae la carga tributaria, es la obligación de pagar el impuesto, puede ser contribuyente cualquier persona, física o jurídica, tanto si es capaz como incapaz, es decir, un niño que haya herede dado un dinero es un contribuyente, aunque no pueda hablar todavía. Su padre o tutor será en este caso quién le representará ante la administración tributaria. En el caso de las personas jurídicas, estos pueden ser en sociedades y demás entidades pueden actuar en el mundo jurídico y comercial, tales como fundaciones, asociaciones, etc., pueden ser contribuyentes, con todos los derechos y obligaciones.

Responsable es la persona que presenta la obligación del tributo; en representación de las sociedades anónimas, compañías, entre otros. Lo hacen, por ejemplo, una persona profesional o una compañía anónima quien está obligada de manera directa a pagar la carga tributaria, siendo éste; él responsable ante un tercero autorizado por la principal para hacerlo, ejemplo, los contadores y/o administradores.

Los contribuyentes y responsables ambos son sujetos pasivos de las obligaciones tributarias, pero mientras los contribuyentes son directamente obligados por su propia situación ante el fisco, los responsables son aquellas personas que, por su situación de presidentes, administradores de compañías, contadores, y tutores de menores de edad, mandatarios, representantes ausentes, síndicos, entre otros, tienen que cumplir con obligaciones ante el fisco en nombre delos propios contribuyentes a quienes representan.

 

Bibliografía

http://www.venamcham.org/wp-content/uploads/2020/03/Reforma-COT-IVA-G.O.-Ext-N%C2%BA-6507-29-ENE-2020.pdf

https://www.expansion.com/economia-para-todos/impuestos/que-es-el-hecho-imponible.html

https://www.sage.com/es-es/blog/diccionario-empresarial/hecho-imponible

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