ESTRUCTURA OBLIGACIONAL TRIBUTARIA - ADMINISTRACIÓN. PARTE III
Ejemplificar
conceptual e ilustrativamente la diferencia entre contribuyente y responsable
El
contribuyente es la persona natural o jurídica sobre cual recae la carga
tributaria, es la obligación de pagar el impuesto, puede ser contribuyente
cualquier persona, física o jurídica, tanto si es capaz como incapaz, es decir,
un niño que haya herede dado un dinero es un contribuyente, aunque no pueda
hablar todavía. Su padre o tutor será en este caso quién le representará ante
la administración tributaria. En el caso de las personas jurídicas, estos
pueden ser en sociedades y demás entidades pueden actuar en el mundo jurídico y
comercial, tales como fundaciones, asociaciones, etc., pueden ser
contribuyentes, con todos los derechos y obligaciones.
Responsable
es la persona que presenta la obligación del tributo; en representación de las sociedades
anónimas, compañías, entre otros. Lo hacen, por ejemplo, una persona profesional
o una compañía anónima quien está obligada de manera directa a pagar la carga
tributaria, siendo éste; él responsable ante un tercero autorizado por la
principal para hacerlo, ejemplo, los contadores y/o administradores.
Los
contribuyentes y responsables ambos son sujetos pasivos de las obligaciones tributarias,
pero mientras los contribuyentes son directamente obligados por su propia
situación ante el fisco, los responsables son aquellas personas que, por su situación
de presidentes, administradores de compañías, contadores, y tutores de menores
de edad, mandatarios, representantes ausentes, síndicos, entre otros, tienen
que cumplir con obligaciones ante el fisco en nombre delos propios
contribuyentes a quienes representan.
Bibliografía
https://www.expansion.com/economia-para-todos/impuestos/que-es-el-hecho-imponible.html
https://www.sage.com/es-es/blog/diccionario-empresarial/hecho-imponible
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