ESTRUCTURA OBLIGACIONAL TRIBUTARIA - ADMINISTRACIÓN. PARTE I

 ¿Cómo se establece y cómo está compuesta la estructura obligacional tributaria?

 

A nivel de la estructura de la obligación tributaria, está compuesta por dos sujetos: el Estado, que es el acreedor del tributo, denominado sujeto activo y el contribuyente, que es quien lo debe, denominado sujeto pasivo.

La obligación tributaria se estable cuando se realiza y se verifica el hecho imponible, que no es más la actividad o la acción establecida en la ley, que realiza el sujeto pasivo. El sujeto pasivo puede ser una persona natural o jurídica, sobre la cual recae la obligación tributaria. El sujeto pasivo es el contribuyente; es a nombre personal directo con la situación que constituye el hecho imponible, es el titular de la capacidad contributiva, está obligado a liquidar, presentar y pagar sus propios impuestos. Al pagar, finiquita la relación tributaria.

Por ejemplo, la empresa Agua Santa Clara CA, debe realizar su pago de impuesto; debe presentar y pagar. La empresa, puede poner a un tercero responsable, es decir; poner a un tercero a realizar dicho pago; pero el finiquito va a salir a nombre de la empresa “Agua Santa Clara CA”; que viene siendo el sujeto que origina el hecho imponible y no a nombre del tercero; el tercero es el responsable de ejecutar el proceso; pero el obligado es la empresa, y por consecuencia cancela es la empresa, quedando solvente.

En conclusión, que la obligación tributaria no es más que; que la situación en la que el sujeto pasivo este obligado a cumplir con un requerimiento de ley; que lo obliga a dar determinada cantidad de dinero al sujeto activo, en este caso el pais, estado o municipio.

 

Los elementos de la obligación tributaria es el sujeto activo y sujeto pasivo

 

El sujeto Activo, es la administración tributaria, es el estado, a nivel nacional es el ejecutivo nacional, está a cargo del Impuesto Sobre La Renta (ISLR) y el Impuesto Al Valor Agregado (IVA). El sujeto activo del estado, en este pais Venezuela, es El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributario “SENIAT”.

A nivel ministerial, los impuestos se llaman parafiscales, y son los recaudadores de impuestos en beneficio de otros entes, siendo entre ellos, los designados como los agentes de retención, a los sujetos pasivos.

A nivel regional los impuestos son municipales, que están a cargo de las alcaldías, ejemplo impuesto urbano, el impuesto de vehículo.

El sujeto activo en Venezuela, está definido en el Capítulo II del Código Orgánico Tributario, articulo 18.

 

El sujeto pasivo, es la persona natural o jurídica que declara, presenta su actividad económica, financiera, (fiscal) lo soporta con facturas, todo lo que tenga que ver con su actividad económica, ejercicio económico determinado, en base a esté declara y pagar su impuesto. Se puede hacer a manera personal o se puede delegar, a un contador o administrador pero el impuesto sale a nombre del sujeto pasivo.

El hecho generador es el que se establece en la ley, para fijar el tributo cuya realización da el origen al nacimiento de la obligación tributaria. Ejemplo, ingreso, ventas, importaciones, compras, registros, notarias son generadores de las obligaciones tributarias.

El sujeto pasivo en Venezuela, está definido en el Capítulo III del Código Orgánico Tributario (COT), articulo 19 al artículo 22; así mismo todo lo relacionado a los contribuyentes está en la segunda sección del mencionado código, del articulo 22 al 24.

 

El hecho imponible, es la materialización del hecho generador presentado o establecido en la norma, pero hasta que el sujeto paga, es cuando finaliza. En el artículo 39 del Código Orgánico Tributario (COT), se habla de los medios de extinción, que son, el pago, la compensación, la confusión, la remisión y la declaración de incobrabilidad. Se puede conseguir en detalladamente su definición, condición en los artículos del 40 al 54.

Causación es el momento puntual en que se conjuga la obligación, la relacionada con cada una cada de las operaciones.

La base gravable es la unidad de medida del hecho imponible sobre el cual se aplica la tarifa del impuesto.

La tarifa, es la cuota establecida en la ley que aplica a la base determina la cuantía, esta se expresa en porcentaje o en cantidades de dinero, es decir; es el nivel establecido por la norma para gravar el enriquecimiento de las personas naturales o jurídicas, estos son progresivos, a mayor renta mayor porcentaje de imposición tendrá.

 

Bibliografía

http://www.venamcham.org/wp-content/uploads/2020/03/Reforma-COT-IVA-G.O.-Ext-N%C2%BA-6507-29-ENE-2020.pdf

https://www.expansion.com/economia-para-todos/impuestos/que-es-el-hecho-imponible.html

https://www.sage.com/es-es/blog/diccionario-empresarial/hecho-imponible

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